“Reforma de la Ley de Jurisdicción Internacional.”

Intervenció al Ple del Senat el 7 d’octubre de 2009.

Senyor President.
Señorías.

A caballo de la tramitación del proyecto de ley de la nueva oficina judicial, se presenta este proyecto de ley complementaria, donde se amontonan cuestiones como:

– agilización de la justicia.
– conciliación familiar y laboral para los miembros de la carrera judicial.
– depósitos para la interposición de recursos.
– especialización de los juzgados con competencia exclusiva sobre la violencia de género.

Y en medio de todo ello, la modificación del articulo 23 de la ley orgánica del poder judicial, el de la jurisdicción universal.

Que tramiten una  cuestión tan importante como ésta y tan sensible para amplios sectores de la opinión pública, en este “totum revolutum”, ¿es por miedo al debate o por vergüenza por la propuesta?

Y no es la primera vez que en esta legislatura nos obligan a discutir cuestiones importantes de esta manera tan confusa y opaca.

Señorías.

Si aprobamos este proyecto de ley, con su actual redactado, el mundo estará algo peor.
Será un duro golpe a la contribución realizada por la justicia española, al hacer comparecer ante sus tribunales a personas sospechosas de haber cometido crímenes de derecho internacional.
Habrá más impunidad para los responsables de crímenes de guerra, genocidio, torturas, desapariciones y crímenes de lesa humanidad.
Habrá menos esperanza para las victimas de estos crímenes.

Pasaremos de ser un referente mundial, a ser uno de los países más restrictivos  para el ejercicio de la jurisdicción universal.

La contribución que los jueces españoles han hecho para que en este mundo haya más justicia se cortará en seco.
Y esto no es una buena noticia para las victimas, solo para los verdugos. 

La modificación del artículo 23.4 de la ley orgánica del poder judicial, que nos llega del congreso por acuerdo del PSOE y del PP, es un paso atrás. Es indiscutible que es un paso atrás y es injustificable darlo.
Es indiscutible que el principio de jurisdicción universal, que regula hasta el momento nuestro ordenamiento jurídico, y que ha permitido a España ser un referente a nivel mundial en su compromiso en la persecución de los más odiosos crímenes, se verá en la práctica reducido a dos únicos criterios; territorialidad y nacionalidad.

Por eso, en su modificación proponen que:
“Para que puedan conocer los tribunales españoles deberá quedar acreditado que sus presuntos responsables se encuentran en España o que existen víctimas de nacionalidad española, o constatarse algún vínculo de conexión relevante con España”.

La modificación que se propone, pone fin a todos los esfuerzos realizados por la justicia española y significados magistrados en perseguir crímenes de derecho internacional.

Vuelvo a insistir; de ser un positivo referente en este mundo global e injusto pasaremos a ser uno de los países más restrictivos para el ejercicio de la jurisdicción internacional.

En esta modificación se afirma, también y sin ningún rubor, que “sin perjuicio de lo que pudieran disponer los tratados y convenios internacionales suscritos por España…Solo se podrá actuar si los presuntos responsables se encuentran en España o si existen víctimas españolas”.

Para llegar aquí, señorías, de qué sirve firmar tratados y convenios internacionales.

Les pondré un solo ejemplo:
“ El artículo 146 del cuarto convenio de Ginebra y el artículo 5 de la Convención contra la Tortura, suscritos por España, obligan a la persecución internacional de estos delitos y al establecimiento de jurisdicción, se encuentren donde se encuentren los responsables y exista conexión o no con nacionales”.

El retroceso es indiscutible y sobre todo es injustificable.

No somos el único país que, hasta el día de hoy, ejercía la jurisdicción internacional. Hay otros. Hoy España se descolgará de este grupo de países líderes.

La defensa de los derechos humanos es una obligación absoluta de los estados y no puede someterse a ningún tipo de interés ni presión, afirma el “Manifiesto contra la impunidad y a favor de la justicia universal”, suscrito por sindicatos, ONGs y todo tipo de entidades y asociaciones, muchas de ellas de juristas.

Yo comparto esta afirmación.

Y no solo por motivos morales y éticos, que también. Sino por un razonamiento político, contrario al que ha impulsado a presentar esta modificación a una ley y a un artículo aprobada el año 1985 y modificado los años 1999 y 2007.

¿Cuál es el motivo de este cambio? Con mucha claridad lo explica el PP.
La señora Montserrat, diputada del PP, en su intervención en el Congreso en el debate de este proyecto de ley, daba el siguiente argumento para justificar la modificación.

Leo de forma literal.
“La evolución seguida por los tribunales de justicia, y especialmente por la Audiencia Nacional en el ámbito de la justicia internacional, afectan a nuestras relaciones internacionales y generan conflictos diplomáticos.”

Esta es, señorías, la principal razón que motiva esta reforma. Todos, o casi todos, aplaudíamos cuando se perseguía a asesinos del tercer mundo o a exdictadores derrocados. Otra cosa es Israel, China o Estados Unidos.

Respuesta del PSOE y del PP; limitar la jurisdicción universal. Subordinar la justicia universal a una falsa “realpolitik”.

Pienso todo lo contrario. Los intereses de la sociedad española en el actual proceso de globalización, su desarrollo, bienestar y seguridad, pasan por la defensa de la paz, la justicia y la equidad.

Cuanto más justo sea este mundo, más protegidos están nuestros intereses. Más podemos contribuir a un presente y futuro más justos a escala planetaria. 

La llamada” realpolitik”, sinónimo de cinismo político, solo favorece a intereses particulares, no al interés nacional.
El interés nacional exige actuar en una realidad globalizada a favor de un orden mundial justo y sostenible social y ecológicamente. La justicia trae orden y seguridad. La injusticia desorden y conflicto.

La justicia internacional es también un factor de presión, ya sea para estados o individuos.

Es un instrumento de lucha contra la impunidad.

Termino señoras y señores senadores, recordándoles que tenemos la obligación de cumplir con nuestros compromisos internacionales.

Tenemos el deber de investigar y juzgar los delitos cometidos contra el derecho de gentes. Es por ello que pido su voto a las enmiendas 12 y 13 presentadas por los senadores de Iniciativa Verds- Esquerra Unida.

Doy por defendidas el resto de enmiendas.

Gràcies senyor president.